domingo, 9 de octubre de 2011

Sistema de cuadrículas en el Derecho Comparado Minero


En países como Perú y Bolivia se ha introducido el sistema de cuadriculas, a éste respecto un estudio de la Fundación Cordón del Plata señala “Bolivia posee la legislación minera más avanzada de la región, y junto con Perú son los máximos exponentes de este nuevo sistema de concesión legal, cuyas características fundamentales son:
I.                    Concesión minera única.
II.                 Canon progresivo.
III.               Cuadrícula como unidad de medida.
I.- El sistema de concesión minera única simplifica el procedimiento administrativo de la concesión del derecho minero, que se otorga de una sola vez, ya que elimina las etapas de exploración y explotación, el minero dentro del área concedida, puede realizar los trabajos que estime convenientes, en forma indistinta, sin solicitar nuevos permisos de la autoridad, el derecho es otorgado sin plazos, ni limites de tiempo como en Bolivia, donde el minero puede realizar todas las actividades de prospección, exploración, explotación, fundición, refinación y comercialización, sin permiso previo, evitando de esta manera las consecuentes oposiciones que pudieren suscitarse por parte de terceros.
II.- El pago de canon o patente en Bolivia es progresivo, siendo esta la única condición de vigencia del derecho, eliminando el viejo sistema de amparo, inversión de capital y realización de trabajos mineros. En cuanto a Perú es mixto requiere inversión trabajo y pago de patente.
III.- En ambos países la concesión minera toma como unidad de medida la cuadrícula, que es la forma como se divide la carta geográfica del país. Ésta cuadrícula es la base de una pirámide invertida cuyo vértice es el centro de la tierra. La base de dicho prisma es un cuadrado de 25 hectáreas (Bolivia) o un rectángulo de 100 hectáreas (Perú) que se toma como unidad de medida básica. Este sistema de cuadrícula evita la superposición de derechos mineros eliminando conflictos.”[1]
Respecto a la cuadrícula antes señalada al ser de más fácil tramitación la concesión minera hace que personas de menores recursos puedan acceder a la propiedad minera y no solo los grandes inversionistas del rubro ya sean estos personas naturales o jurídicas. El abogado mexicano Rodrigo Sanchez-Mejorada, respecto a la introducción de la cuadrícula en el sistema minero mexicano señaló “El sistema de cuadrícula ofrece varias ventajas:
1.- La representación gráfica de los lotes mineros es mucho más sencilla cuando sus ángulos son rectos y sus lados de medidas uniformes. Esta ventaja ya existe en México salvo por la excepción de colindancias.
2.- Al ser los lotes por definición contiguos, desaparecen tanto los huecos, -que tantos problemas han ocasionado últimamente-  como los lotes superpuestos.
3.- Al ser la posición de los lotes fija e identificable a partir de un sistema de coordenadas preestablecido, se simplifica enormemente el otorgamiento de concesiones sobre los mismos.
Las concesiones podrían otorgarse de manera instantánea, ya que el carácter libre de los cuadrados solicitados que conforman el lote minero se podría constatar de inmediato, y ya no sería necesario presentar en ese momento trabajos periciales, ni fotografías del punto de partida, ni cumplir requisito alguno respecto a la posición del lote adicional a sus coordenadas de identificación. Inclusive, el carácter libre de los terrenos se podría consultar por internet, pagando los derechos de la solicitud con tarjeta de crédito o débito, sin perjuicio de hacerlo de la manera tradicional.
4.- Las reducciones y divisiones (siempre respetando la unidad catastral) y unificaciones de lotes se vuelven igualmente muy sencillas al ser innecesaria la presentación de trabajos periciales y serían tramitables por internet.
5.- Las declaratorias de libertad de terreno abandonado se vuelven más fáciles de emitir por parte de la autoridad  y el terreno más fácil de ubicar por los posibles interesados en solicitarlo.
6.- Se obtiene un catastro minero más confiable.”[2]


FUENTES 
[1] http://www.cp.org.ar/ ,12:24,  17/09/2011

lunes, 25 de julio de 2011

Conceptos relevantes para la pequeña y mediana minería según la ley 19.719

La ley 19.719, establece el pago de patente especial para pequeños mineros y mineros artesanales; estableciendo como beneficiarios a los que encuadren en los conceptos establecidos por la ley. (encuadren en la hipótesis legal)
Esta Patente especial ampara a la o las pertenencias mineras en explotación singularizadas en el acta de mensura correspondiente, cuya superficie sea inferior a 100 hectáreas para pequeños mineros y 50 hectáreas para mineros artesanales; los que tendrán que pagar un diezmilésimo de utm por hectárea completa en forma anual y anticipada.

Pequeño minero: puede entenderse como persona natural, sociedad legal minera o cooperativa.
-      
 P persona natural que explota personalmente una o más pertenencias mineras, con un máximo de 12 dependietes.
-      Sociedad Legal Minera, que explota una o más pertenencias mineras, con un máximo de 12 dependientes; y que cada socio trabaja personalmente.
-      Cooperativa minera, que explota una o más pertenencias, con un máximo de 12 dependientes, explotando los cooperativistas por si mismos.

Minero artesanal: puede comprender persona natural, sociedad legal minera o cooperativa minera.

-      Persona natural que explota una o más pertenencias mineras con un máximo de seis dependientes, también se denomina pirquinero.
-      Sociedad legal minera que explota una o más pertenencias con un máximo de seis dependientes, y que los asociados también trabajan en las pertenencias señaladas.
-      Cooperativa minera que explota una o más pertenencias mineras, con un número máximo de seis dependientes, y que los cooperados también participan en la explotación de las referidas pertenencias mineras. 

Faena minera: Conjunto de instalaciones y lugares de trabajo de la industria extractiva minera y que cumple con los requisitos legales del Reglamento de Seguridad Minera.